Primera sentencia sobre la ley de cookies
Hoy hace diez días, el pasado 14 de Enero, la Agencia Española de Protección de Datos dictó su primer procedimiento sancionador sobre la ley de cookies.
Esta resolución de la AGPD sobre la denuncia de un particular contra una empresa de joyería, propietaria de varias webs y una tienda online, dictamina una sanción de 1.500€ por incumplimiento de la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD) y otras dos de 3.000€ y 500€ por incumplimiento del apartado 22.2 de la LSSI/CE, la famosa «ley de cookies» de la Ley sobre los Servicios de la Sociedad de la Información.
Estas multas, de pequeña cuantía al ser tipificadas como faltas leves, podrían haber sido mucho mayores, dado que el baremo es de 900€ a 40.000€ para las faltas leves, de 40.001€ a 300.000€ para las faltas graves y de 300.001€ a 600.000€ para las faltas muy graves.
Al recibir la notificación de la AGPD, esta empresa modificó de forma rápida sus webs para intentar adaptarse a las leyes vigentes, pero esto sólo sirvió para calificar las infracciones de la ley como falta leve, y en el caso de la segunda multa, al no realizar bien la adaptación de su web, aún considerándola también leve, el importe es aún mayor.
¿Está tu web adaptada a la LOPD y la LSSI, incluyendo esta nueva ley de cookies?
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